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25 marzo 2007

EL TESTAMENTO VITAL (I)

Cuidados paliativos y rechazo de esfuerzo terapéutico, las principales demandas
YA HAY REGISTRADOS MÁS DE 30.000 TESTAMENTOS VITALES EN TODA ESPAÑA
(las demandas más habituales de los llamados "testamentos vitales" son la petición de cuidados paliativos y el rechazo del esfuerzo terapéutico, junto con la exigencia de los Testigos de Jehová de no recibir transfusiones de sangre. Así se desprende de los 30.000 documentos abiertos con este fin en el conjunto del Estado y que pasarán a formar parte del nuevo Registro Nacional de Instrucciones Previas, creado la pasada semana por el Gobierno al amparo de un Real Decreto).

L.D. (EFE). 1/03/2007
El registro quedó definido en 2002, con la Ley de la Autonomía del Paciente y, desde su entrada en vigor, la práctica totalidad de las comunidades aprobaron normas en relación con esta cuestión y crearon documentos que ya han utilizado un total de 31.452 personas.

Es el caso de Cataluña, Madrid, Murcia, Andalucía, Navarra, País Vasco, Comunidad Valenciana, Canarias, Cantabria, Aragón, Extremadura, La Rioja y Castilla-La Mancha. En otras autonomías los registros están en proceso de creación, como ocurre en Baleares, Castilla y León, Asturias y Galicia.

El más utilizado es el archivo catalán, con 15.000 documentos, entre los cuales predominan las peticiones de cuidados paliativos y la negativa al esfuerzo terapéutico.

Un total de 7.796 andaluces formalizaron su testamento vital y, de éstos, el 62,5 por ciento exigieron que no se les aplique ninguna medida para prolongar su supervivencia.

En la Comunidad Valenciana, se han inscrito 3.171 personas desde que el registro entró en funcionamiento en 2005, aunque la Consejería de Sanidad no quiso precisar cuáles son las solicitudes más habituales por la confidencialidad de los datos.

Alrededor de 2.300 personas han dado instrucciones sobre cómo quieren ser tratados en los momentos finales de su vida en el País Vasco, de las que el 65 por ciento son mujeres.

En Aragón, se presentaron 2.064 documentos -772 de hombres y 1.292 de mujeres-, lo que significa 1,9 casos por cada 1.000 habitantes mayores de edad.

En Navarra se han registrado 453 testamentos vitales, entre los que destacan que "no se realicen prácticas extraordinarias con ellos para prolongar su vida".

En Murcia, se han inscrito 140 personas, "la mayor parte" de solicitudes que corresponden a testigos de Jehová.

Desde su entrada en vigor en 2006, forman parte del archivo de Castilla-La Mancha 134 personas, de ellas ochenta son mujeres y 54 hombres, y el 60 por ciento de las solicitudes corresponden a personas con edades comprendidas entre los 35 y 59 años.

En la actualidad, en Cantabria hay 117 personas registradas, de las que 75 son mujeres y 42 hombres, y la mayoría tienen entre 40 y 79 años, aunque, como curiosidad, hay una de entre 10 y 19 años.

En la Comunidad de Madrid, se han localizado 112 solicitudes y se han efectuado 380 consultas al teléfono de cita previa e información habilitado especialmente para las instrucciones previas.

En Canarias, 82 personas recurrieron a este servicio, desde que se puso en marcha en 2006, y en La Rioja se han inscrito un total de 58 documentos desde junio del mismo año.

La región que cuenta con menor número de usuarios es Extremadura, con 25 personas, el 99 por ciento interesadas en evitar los esfuerzos terapéuticos.

NO TODAS LAS COMUNIDADES HAN REGULADO EL TESTAMENTO VITAL

La Consejería de Salud de Baleares custodia, de momento, los documentos de voluntad anticipada que le remiten los ciudadanos hasta que se apruebe "en breve" el reglamento en esta materia. La Comunidad de Castilla y León tiene pendiente la aprobación del registro y no es seguro que pueda contar con él en este Legislatura, según la Consejería de Sanidad.

Los ejecutivos de Galicia y Asturias no han regulado los testamentos vitales, aunque en ambas comunidades se trabaja con la previsión de que estén en marcha lo antes posible.

Concluido este proceso en la totalidad de las comunidades autónomas, la información se incorporará al nuevo Registro Nacional que permitirá que cualquier persona mayor de edad, capaz y libre, pueda manifestar anticipadamente su voluntad sobre los cuidados y tratamientos sanitarios o, una vez llegado el fallecimiento, sobre el destino de su cuerpo o de sus órganos.

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